La EPEC pone en alerta a las inmobiliarias a partir de su nueva política

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La empresa estatal exige que los inquilinos de un inmueble paguen la deuda generada por locatarios anteriores. En caso contrario, les cortan el servicio.

Esta situación no resulta un hecho aislado en San Francisco, al menos así lo demuestran los corredores inmobiliarios. Quienes admiten que cada vez que suscriben un nuevo contrato de alquiler por una propiedad, saben que la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (Epec) demandará a los nuevos inquilinos el pago de la deuda de quienes ya no viven en la propiedad.

Además esa es una condición ineludible que pone la Epec para autorizar la colocación de un nuevo medidor. Este cambio de criterio por parte de la empresa de energía generó inquietud en los inquilinos e inmobiliarias que ya presentaron quejas ante la empresa y el Ente Regulador de Servicios Públicos (Ersep).

Una medida que afecta al mercado inmobiliario 

Los corredores inmobiliarios locales admiten que esta política de Epec complica sobremanera la posibilidad de volver a alquilar los inmuebles que se desocupan.

Esta situación comenzó hace unos seis meses cuando la Epec cambió el criterio para el cobro de boletas impagas, contraídas por los anteriores locatarios del inmueble. 

Antes la deuda era del titular del servicio, es decir, de quien había pedido el medidor y de esa manera se salvaba el inmueble. Ahora la deuda continúa en la propiedad lo que obliga a los dueños a hacerse cargo de las facturas que no hayan sido abonadas por el inquilino.

Esto provoca muchos problemas para los nuevos ocupantes de la vivienda que no pueden solicitar el medidor hasta que no sea saldada esta deuda.F

La ley lo habilita 

El artículo Nº 37 de la Ley Nº 9.078 de creación del estatuto Orgánico de la Epec habilita la posibilidad de que la empresa cobre las deudas al propietario de un inmueble aunque este no sea el titular del servicio.

Además, se sostiene que la Epec establecerá el sistema de facturación y la manera en que deban ser pagadas las cuentas por suministro de energía.

Sobre las facturas impagas la normativa establece que «el cobro del servicio podrá perseguirse contra el titular del mismo, el ocupante, poseedor o propietario del dominio en forma indistinta».

Costosas adecuaciones 

Uno de los principales motivos que generan las molestias de los propietarios de inmuebles está relacionado con la derivación de una medida dispuesta por el Ersep que establece la aplicación de lo dispuesto en la Ley de Seguridad Eléctrica, vigente desde el 1 de diciembre de 2017.

Para solicitar la conexión de un medidor al sistema eléctrico se exige la presentación de un «Certificado de Instalación Eléctrica Apta» emitido por «Instalador Electricista Habilitado». A tal efecto, se recomienda a los usuarios del servicio eléctrico evalúen hacer las consultas correspondientes con los electricistas habilitados.

Esta medida no solo rige para nuevas instalaciones sino que se aplica también ante la reanudación del servicio, en instalaciones existentes, que implique nuevo contrato, en las que se verificará el cumplimiento de condiciones mínimas de seguridad. Allí es cuando muchos propietarios se ven obligados a realizar costosas inversiones que en algunos casos ascienden hasta los 30.000 pesos por propiedad para readecuar la instalación eléctrica acorde a lo solicitado por la normativa vigente ya que, de lo contrario, no podrán volver a conectar la propiedad al servicio de energía eléctrica.

Con este panorama muchos propietarios optan por tener el medidor de energía eléctrica a su nombre y cobrar el monto correspondiente al inquilino como una manera de evitar tener que invertir mucho dinero en la readecuación de las instalaciones eléctricas del inmueble en alquiler.

Con información de La Voz de San Justo

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