Sede de Gobierno de Córdoba extiende el horario de atención de oficina de Vivienda

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La Delegación Oficial del Gobierno de la Provincia de Córdoba en San Francisco informa que dada la buena respuesta obtenida por el plan de regularización de deuda destinado a quienes están debiendo cuotas de casas otorgadas por la provincia, se decidió extender hasta las 20 hs. el horario de atención de la oficina de la Secretaría de Vivienda.

De esta manera la mencionada oficina, que funciona en el tercer piso de la Sede de Gobierno de Córdoba, atiende de 8 a 20 hs. El director general de la repartición provincial, Dpl. Leonardo Lewylle, expresó: «Hemos ampliado el horario de atención de esta oficina, para seguir receptando las inquietudes de los beneficiarios de planes de vivienda de nuestra provincia que quieran aprovechar las ventajas de esta moratoria que lanzó días atrás el gobernador Juan Schiaretti».

«Hasta el momento se acercó mucha gente a regularizar su situación ya que la propuesta del Gobierno Provincial es realmente beneficiosa y constituye una excelente oportunidad para abonar cuotas impagas o cancelar la totalidad del plan de vivienda. Por eso queremos ampliar la atención y estar disponibles entre las 8 y las 20 horas para recibir a los interesados en esta moratoria», dijo Lewylle.

Cabe recordar que el Gobierno de Córdoba lanzó este plan que vence el próximo 15 de agosto, posibilitando a los morosos el pago de la totalidad de las cuotas al valor actual, permitiendo también, a quienes así lo requieran, abonar las cuotas futuras hasta cancelar la operatoria. A partir de la fecha mencionada el monto de las cuotas de las viviendas será actualizado, ya que hace 10 años que no se ajusta. A los cumplidores se les ofrece la oportunidad de abonar cuotas futuras o cancelar el plan en forma total, siempre al valor histórico de la cuota.

El trámite debe ser realizado por el titular de la vivienda, quien debe concurrir con su DNI y un cedulón de pago de la vivienda que permita verificar el número de adjudicatario. En caso de que el titular de la vivienda no pueda asistir, puede hacerlo otra persona en su lugar, presentando una carta poder que autorice a realizar este trámite, o en caso de ser un familiar director del titular, debe presentarse con DNI y la libreta de familia para acreditar ese vínculo. Si el titular de la vivienda falleció, un familiar directo puede hacer el trámite presentando su DNI, partida de defunción del titular, declaratoria de herederos -en caso de haberse realizado- y libreta de familia para acreditar el vínculo con el titular fallecido.

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